Presencial
En el caso de no renovación del derecho de matrícula a) y los casos b), d) y e) de cancelación de matrícula, existe el derecho de reintegro en los siguientes cuatro (4) períodos académicos o semestres, previa aprobación de los consejos de facultad o instituto respectivo.
- Solicitud por escrito, según fechas establecidas por Calendario Académico
- Revisar que el programa y el nivel se esté desarrollando
- Debe tenerse en cuenta el plan de estudios vigente.
Normatividad: Estatuto Estudiantil Parágrafo 1 del Artículo No. 9
Distancia
En el caso de no renovación del derecho de matrícula a) y los casos b), d) y e) de cancelación de matrícula, existe el derecho de reintegro en los siguientes cuatro (4) períodos académicos o semestres, previa aprobación de los consejos de facultad o instituto respectivo.
- Solicitud por escrito, según fechas establecidas por Calendario Académico
- Revisar que el programa y el nivel se esté desarrollando en el cread
- Debe tenerse en cuenta el plan de estudios vigente.
Normatividad: Estatuto Estudiantil Parágrafo 1 del Artículo No. 9